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La ley ya prohíbe durante 30 años cambiar el uso de un terreno quemado, pero mantiene excepciones que dejan la puerta abierta a la especulación. Cerrarlas elimina cualquier incentivo para provocar un incendio.
Contexto: El artículo 50 de la Ley de Montes permite excepciones si el cambio ya estaba planeado antes del incendio o por «razones imperiosas de interés público».
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